Legalización de depósitos

Legalización de depósitos

Cuando hablamos de realizar una instalación de calefacción con combustible de gasóleo...

Cuando hablamos de realizar una instalación de calefacción con combustible de gasóleo, lo hacemos de una opción factible e interesante, todo ello a pesar de ser un sistema sucio, que al contactar las zonas en las que toca el gasóleo tenemos una sensación oleaginosa.Su olor también es un hándicap y su combustión la menos ecológica, pero su relación calidad-precio la hacen muy interesante.


A la hora de disponer de este tipo de calefacción, es necesario realizar unos trámites legales de los que desde Servical Euskadi nos encargamos.
Desde el punto de vista administrativo y legal, el suministro es idéntico si es para un grupo electrógeno que, para una instalación de calefacción de una vivienda unifamiliar, ya que ambos están incluidos en el reglamento de productos petrolíferos MI-IP-03, llamado también gasóleo de uso propio.

En este reglamento encontramos el tipo de tramite necesario para el registro administrativo de los almacenamientos de combustibles petrolíferos, siempre que queramos legalizar gasóleo (tipo C), a partir de 3000 L si el depósito está situado en el interior y de 5000 L si está situado en el exterior es necesaria la presentación de un proyecto. Si hablamos de menos de 1000L, basta con presentar una memoria técnica suscrita por un instalador autorizado.

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